El vocero de la DNCD, Roberto Lebrón, identificó a la empresas que expendían Ketamina y Nalbufina, dos fármacos prohibidos por la ley 50-88 sobre sustancias controladas, como Cristalia Dominicana, S. A., Leterago, C. por A. y Unión Comercial Consolidada.
Informó que a estas compañías les fueron suspendidos por un año los certificados de droga controladas clase B, permisos otorgados por la DNCD y la Secretaría de Salud Pública para la comercialización de determinados medicamentos.
Indicó que Cristalia Dominicana fue multada con RD$100 mil y suspendido su certificado por un año por distribuir Ketamina, mientras a que las dos restantes fueron sancionadas también con multas de RD$100 mil y suspensión de certificados por distribuir sin permiso Nalbufina, bajo el nombre comercial de Nopain, las que facilitaban a once farmacias de la Capital, Santiago, Puerto Plata y las Matas de Farfán.
Dijo que las sanciones fueron adoptadas en una reciente reunión de la Junta Directiva de la DNCD, integrada por el jefe del organismo, mayor general Radhamés Rodríguez Ferreira; el procurador Radhamés Jiménez, así como por representantes de la Presidencia de la República, la Cancillería, Salud Pública y la Iglesia Católica.
Hace poco más de dos meses que la DNCD y la Fiscalía del Distrito Nacional arrestaron a varias personas vinculadas a una red que distribuía Ketamina ilegalmente, razón por la cual algunos de los imputados están encarcelados. La investigación sigue abierta hasta que concluyan las pesquisas.
Lebrón dijo que Cristalia Dominicana fue sancionada por facturar una gran cantidad de frascos de Ketamina a nombre de distintos centros de salud, los cuales ‘nunca llegaron a su destino”, entre ellos el Hospital General de la Policía, centro asistencial que debió recibir 600 frascos.
Las otras entidades a favor de las cuales Cristalia facturó Ketamina, de acuerdo a la DNCD, son J. Bonó Bonó, C. por A. y Centro Médico Real, las cuales alegan no haber realizado transacciones para recibir el indicado producto. La Resolución 001-2005, del 24 de mayo de 2005, controla y mita la distribución de Ketamina.
Ese producto, empleado como anestésico en la medicina humana y animal, solo lo pueden manejar los establecimientos que cuenten con la autorización de la DNCD y la SESPAS, sostuvo Lebrón, hablando a nombre del mayor general Ramírez Ferreira. Las declaraciones fueron enviadas por escrito.
Mientras, la resolución 006/2006, del 29 de junio de 2006, limita la distribución y venta de Nalbunfina. Se trata de un opioide que actúa como la morfina, lo que implica que debe ser controlada su venta por la autoridades correspondientes, siempre de acuerdo al informe de la agencia antidrogas.
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